LOS JUECES DE PAZ ASUMIRÍAN TAREAS DE PREFECTOS, SUBPREFECTOS Y GOBERNADORES

Poder Ejecutivo presentó proyecto de ley para eliminar esos cargos públicos. Iniciativa no prevé la transferencia de todas las funciones que cumplen ahora.

Los prefectos, subprefectos y gobernadores llegaron a tener tal poder en el siglo XIX en el Perú, que podían no solo dar órdenes al Ejército, a la antigua Gendarmería y a la policía, sino hasta convocar al Congreso y sus juntas preparatorias. Incluso, podían hasta imponer multas o sanciones a los diarios o publicaciones cuando consideraban que habían violado alguna de las disposiciones que se dio en el algún momento para restringir la libertad de expresión.
Desde principios del siglo XX ese poder ha ido reduciéndose paulatinamente con el fortalecimiento de los gobiernos locales y la descentralización del Poder Ejecutivo. Ahora, prácticamente solo se dedican a tramitar las garantías que solicitan aquellos que se sienten amenazados por algún peligro o para coordinar la realización de marchas o de algún certamen de gran trascendencia. En los lugares más remotos del país, en especial en los anexos, caseríos y comunidades campesinas son la única autoridad que representa al Gobierno Central y al Estado.
Sin embargo, esas autoridades ya tienen las horas contadas. El Poder Ejecutivo remitió ayer al Congreso de la República el proyecto de ley que suprime los cargos de prefecto, subprefecto, gobernador y teniente gobernador en todo el país, lo que permitirá un ahorro de 32 millones de soles al año. Según dicha iniciativa, que consta de solo cinco artículos, se dispone que el personal que sirve en dichas entidades pase a la Dirección de Personal de la Dirección de Gobierno Interior del Ministerio del Interior. Asimismo, encarga a los jueces de paz recibir y evaluar la procedencia de los pedidos de otorgamiento de garantías que formulen las personas naturales y jurídicas.
VACÍOS SUBSANABLES
Sin embargo, el proyecto de ley no menciona nada sobre la autorización que otorgan las prefecturas o subprefecturas para la realización de marchas o actividades de gran envergadura, como partidos de fútbol, conciertos, etc. Tampoco, sobre la labor que cumplen en muchas comunidades alejadas --en especial los gobernadores y tenientes gobernadores-- de autorizar el traslado de ganado, de transportar mercadería por zonas restringidas o que pertenecen a determinadas comunidades.
Según el director del Área Legal del Instituto de Defensa Legal, Carlos Rivera, esas deficiencias tendrán que ser subsanadas por el Congreso cuando tenga que analizar dicha iniciativa, tanto en sus comisiones como en el pleno. El especialista en justicia de paz del IDL, Juan Carlos Ruiz, consideró positivo que los jueces de paz asuman las tareas que les corresponde a los tenientes gobernadores, porque en muchos casos estas últimas autoridades pretendían inmiscuirse en sus funciones jurisdiccionales.
Álvaro Gastañaduí Ramírez
HAY POLÉMICA SOBRE FUNCIONES
Desde hace más de 23 años se discute en los ámbitos académico y político la necesidad de eliminar los cargos de prefectos, subprefectos, gobernadores y tenientes gobernadores, pues en realidad sus funciones son mínimas. Sin embargo, lo que sí ha generado cierta polémica es qué institución debería asumir las tareas que cumplen dichas autoridades.
Por ejemplo, el constitucionalista Francisco Eguiguren considera que las autoridades regionales y municipales debían asumir el trámite de los pedidos de garantía y de autorización de marchas y actividades de gran envergadura. Esta última función no contempla el proyecto de ley del Ejecutivo.
Sin embargo, el ex director de la Policía Nacional, general (r) Eduardo Pérez Rocha, cree que tendría que ser la policía la que asuma esa tarea, porque es la que finalmente ejecuta cualquier resolución que se apruebe, tanto para otorgar garantías personales como para autorizar la ejecución de un acto público. También, porque hay delegaciones policiales en todo el país. De manera coincidente, el especialista en derecho municipal Marco Tulio Gutiérrez, cree que debería hacerlo la policía, en especial aquellas funciones que no podrían asumir los jueces de paz, como el otorgar autorizaciones de transporte.
Pérez Rocha también consideró que la policía debía hacerlo, porque en muchos sitios del país es la única autoridad que representa al Estado
PRECISIONES: HAY CINCO MIL JUECES DE PAZ EN EL PAÍS
?Según el Instituto de Defensa Legal, en el país hay unos 5.000 jueces de paz que se dedican a administrar justicia en caseríos y comunidades campesinas. En cambio hay unos 1.800 magistrados abogados, entre jueces de paz letrados, jueces y vocales.
?Los jueces de paz son elegidos por los miembros de su comunidad y no reciben sueldo alguno.
?En muchas comunidades, los gobernadores y tenientes gobernadores gozan de gran prestigio social y político y son una efectiva instancia de coordinación con los demás sectores del Estado.
?Sin embargo, en la época del ex presidente Alberto Fujimori los gobernadores y tenientes gobernadores fueron usados para desarrollar clientelaje político y hasta para perseguir a los opositores del régimen.
?Solo tienen sueldo los prefectos, subprefectos y gobernadores. Los tenientes gobernadores son cargos ad honórem

EVALUAN JUZGADOS DE PAZ LETRADOS EN COMISARIAS FUENTE: CONASEC
Ampliación jurisdiccional permitiría mejorar funcionamiento
Población aledaña entre principales favorecido.
Una mayor cobertura de atención permitirá la ampliación jurisdiccional de los Juzgados de Paz Letrados en Comisaría, según se desprende de la evaluación realizada por los técnicos de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana en coordinación con funcionarios del Poder Judicial y los comisarios de Zárate, San Juan de Miraflores y La Victoria

Esta información fue revelada por la Dra. Ana María Villacampa, representante del Poder Judicial, quien planteo esta ampliación para que el Juzgado pueda atender a mayor número de personas que se ven afectadas por casos de faltas y que en algunos casos quedan impunes por la falta de atención especializada
La evaluación se realizó durante la reunión de trabajo realizada en el auditorio del Ministerio del Interior, en la que participaron los comisarios de Zarate, San Juan de Miraflores, Pamplona 1, Pamplona 2, así como La Huayrona y Caja de Agua.
Asimismo, se analizó la 28726, en la que se califica como falta aquellas acciones ilícitas hasta por un monto de 500 soles, y que actualmente ya se aplica en los diferentes Juzgados de Paz que funcionan en 5 comisarías de Lima Metropolitana y 4 provincias del interior del país.

 

02/08/06 FUENTE: EL COMERCIO PG: LIMA