Poder
Ejecutivo presentó proyecto de ley para eliminar esos cargos
públicos. Iniciativa no prevé la transferencia de todas
las funciones que cumplen ahora.
Los
prefectos, subprefectos y gobernadores llegaron a tener tal poder en
el siglo XIX en el Perú, que podían no solo dar órdenes
al Ejército, a la antigua Gendarmería y a la policía,
sino hasta convocar al Congreso y sus juntas preparatorias. Incluso,
podían hasta imponer multas o sanciones a los diarios o publicaciones
cuando consideraban que habían violado alguna de las disposiciones
que se dio en el algún momento para restringir la libertad de
expresión.
Desde principios del siglo XX ese poder ha ido reduciéndose paulatinamente
con el fortalecimiento de los gobiernos locales y la descentralización
del Poder Ejecutivo. Ahora, prácticamente solo se dedican a tramitar
las garantías que solicitan aquellos que se sienten amenazados
por algún peligro o para coordinar la realización de marchas
o de algún certamen de gran trascendencia. En los lugares más
remotos del país, en especial en los anexos, caseríos
y comunidades campesinas son la única autoridad que representa
al Gobierno Central y al Estado.
Sin embargo, esas autoridades ya tienen las horas contadas. El Poder
Ejecutivo remitió ayer al Congreso de la República el
proyecto de ley que suprime los cargos de prefecto, subprefecto, gobernador
y teniente gobernador en todo el país, lo que permitirá
un ahorro de 32 millones de soles al año. Según dicha
iniciativa, que consta de solo cinco artículos, se dispone que
el personal que sirve en dichas entidades pase a la Dirección
de Personal de la Dirección de Gobierno Interior del Ministerio
del Interior. Asimismo, encarga a los jueces de paz recibir y evaluar
la procedencia de los pedidos de otorgamiento de garantías que
formulen las personas naturales y jurídicas.
VACÍOS SUBSANABLES
Sin embargo, el proyecto de ley no menciona nada sobre la autorización
que otorgan las prefecturas o subprefecturas para la realización
de marchas o actividades de gran envergadura, como partidos de fútbol,
conciertos, etc. Tampoco, sobre la labor que cumplen en muchas comunidades
alejadas --en especial los gobernadores y tenientes gobernadores-- de
autorizar el traslado de ganado, de transportar mercadería por
zonas restringidas o que pertenecen a determinadas comunidades.
Según el director del Área Legal del Instituto de Defensa
Legal, Carlos Rivera, esas deficiencias tendrán que ser subsanadas
por el Congreso cuando tenga que analizar dicha iniciativa, tanto en
sus comisiones como en el pleno. El especialista en justicia de paz
del IDL, Juan Carlos Ruiz, consideró positivo que los jueces
de paz asuman las tareas que les corresponde a los tenientes gobernadores,
porque en muchos casos estas últimas autoridades pretendían
inmiscuirse en sus funciones jurisdiccionales.
Álvaro Gastañaduí Ramírez
HAY POLÉMICA SOBRE FUNCIONES
Desde hace más de 23 años se discute en los ámbitos
académico y político la necesidad de eliminar los cargos
de prefectos, subprefectos, gobernadores y tenientes gobernadores, pues
en realidad sus funciones son mínimas. Sin embargo, lo que sí
ha generado cierta polémica es qué institución
debería asumir las tareas que cumplen dichas autoridades.
Por ejemplo, el constitucionalista Francisco Eguiguren considera que
las autoridades regionales y municipales debían asumir el trámite
de los pedidos de garantía y de autorización de marchas
y actividades de gran envergadura. Esta última función
no contempla el proyecto de ley del Ejecutivo.
Sin embargo, el ex director de la Policía Nacional, general (r)
Eduardo Pérez Rocha, cree que tendría que ser la policía
la que asuma esa tarea, porque es la que finalmente ejecuta cualquier
resolución que se apruebe, tanto para otorgar garantías
personales como para autorizar la ejecución de un acto público.
También, porque hay delegaciones policiales en todo el país.
De manera coincidente, el especialista en derecho municipal Marco Tulio
Gutiérrez, cree que debería hacerlo la policía,
en especial aquellas funciones que no podrían asumir los jueces
de paz, como el otorgar autorizaciones de transporte.
Pérez Rocha también consideró que la policía
debía hacerlo, porque en muchos sitios del país es la
única autoridad que representa al Estado
PRECISIONES: HAY CINCO MIL JUECES DE PAZ EN EL PAÍS
?Según el Instituto de Defensa Legal, en el país hay unos
5.000 jueces de paz que se dedican a administrar justicia en caseríos
y comunidades campesinas. En cambio hay unos 1.800 magistrados abogados,
entre jueces de paz letrados, jueces y vocales.
?Los jueces de paz son elegidos por los miembros de su comunidad y no
reciben sueldo alguno.
?En muchas comunidades, los gobernadores y tenientes gobernadores gozan
de gran prestigio social y político y son una efectiva instancia
de coordinación con los demás sectores del Estado.
?Sin embargo, en la época del ex presidente Alberto Fujimori
los gobernadores y tenientes gobernadores fueron usados para desarrollar
clientelaje político y hasta para perseguir a los opositores
del régimen.
?Solo tienen sueldo los prefectos, subprefectos y gobernadores. Los
tenientes gobernadores son cargos ad honórem
EVALUAN
JUZGADOS DE PAZ LETRADOS EN COMISARIAS FUENTE: CONASEC
Ampliación jurisdiccional permitiría mejorar funcionamiento
Población aledaña entre principales favorecido.
Una mayor cobertura de atención permitirá la ampliación
jurisdiccional de los Juzgados de Paz Letrados en Comisaría,
según se desprende de la evaluación realizada por los
técnicos de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional
de Seguridad Ciudadana en coordinación con funcionarios del Poder
Judicial y los comisarios de Zárate, San Juan de Miraflores y
La Victoria
Esta
información fue revelada por la Dra. Ana María Villacampa,
representante del Poder Judicial, quien planteo esta ampliación
para que el Juzgado pueda atender a mayor número de personas
que se ven afectadas por casos de faltas y que en algunos casos quedan
impunes por la falta de atención especializada
La evaluación se realizó durante la reunión de
trabajo realizada en el auditorio del Ministerio del Interior, en la
que participaron los comisarios de Zarate, San Juan de Miraflores, Pamplona
1, Pamplona 2, así como La Huayrona y Caja de Agua.
Asimismo, se analizó la 28726, en la que se califica como falta
aquellas acciones ilícitas hasta por un monto de 500 soles, y
que actualmente ya se aplica en los diferentes Juzgados de Paz que funcionan
en 5 comisarías de Lima Metropolitana y 4 provincias del interior
del país.
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