| AUTORIDADES
AVANZAN EN DEFINICIÓN DE FACILIDADES PARA EL SUFRAGIO DE POLICÍAS
Y MILITARES
Miembros
de los institutos castrenses tendrán voto rápido, custodia
de armas y dispensas por razones de servicio
TERESA MARISCAL CÓRDOVA
Si bien se sabe que policías y militares votarán en los
comicios de 2006, correctamente uniformados y sin portar armas, subsistía
una preocupación entre los miembros de los institutos castrenses:
¿dónde dejar a buen resguardo revólveres y fusiles
antes de ingresar en las aulas donde funcionarán las mesas de
sufragio?
Esta interrogante ya fue despejada por el Jurado Nacional de Elecciones
(JNE). El reglamento sobre el ejercicio del voto de militares y policías
–aprobado recientemente– dispone que la Oficina Nacional de Procesos
Electorales (ONPE) habilite, en cada local de votación, un ambiente
donde se mantendrá en custodia el armamento, bajo responsabilidad
de armeros designados por la Policía Nacional del Perú
(PNP) y las Fuerzas Armadas.
Sin embargo, la Policía ha formulado otra propuesta: que las
armas, previa firma de un acta, sean guardadas en la jefatura de la
unidad policial más cercana a los centros de sufragio.
El sustento de esta iniciativa es que la PNP no cuenta con la cantidad
de armeros que se requeriría para cumplir con este delicado encargo,
aun cuando el JNE refiere que los respectivos comandos tendrán
que prever medidas para cumplir tal disposición.
“Son más de mil colegios los que se habilitan para el sufragio”,
observó el general Jorge Ayulo Loli, director de Familia y Participación
Ciudadana de la PNP, a la espera de una respuesta respecto a dicho planteamiento.
La propuesta se expuso en las reuniones que representantes de los ministerios
de Defensa e Interior iniciaron hace un mes con la comisión integrada
por miembros de la ONPE, el JNE y el Registro Nacional de Identificación
y Estado Civil (Reniec), para definir las facilidades que se brindará
a los uniformados.
Voto rápido y dispensas
En lo que sí hubo consenso fue en que, una vez en los locales
de sufragio, militares y policías podrán optar por el
sistema de “voto rápido”, con lo cual ganarán tiempo para
reincorporarse a sus labores de seguridad. En algunos casos, habrá
también dispensas para aquellos que no sufraguen por razón
de servicio y debido a la distancia entre sus zonas de trabajo y los
sitios donde deben cumplir con el voto.
Ayulo Loli explicó que si al personal que labora en Lima le corresponde
votar, por ejemplo, en Huaral o Chancay, tendría que coordinarse
si lo hace antes de asumir el servicio o al final del mismo.
Para contar con las dispensas después de los comicios, los representantes
de cada instituto armado deberán remitir al JNE las listas con
los nombres completos y números de DNI de los militares y policías
omisos al sufragio.
En cuanto a los efectivos que se encuentran en zonas de frontera, está
por definirse si el JNE habilitará mesas en las cuales voten
tanto la población como los agentes del orden, comentó
el general.
Todo depende del domicilio consignado en el DNI, ya que el titular puede
indicar el lugar de residencia o la dirección de la unidad donde
labora. “Si estoy en un puesto de frontera, en mi DNI puedo consignar:
‘Puesto de vigilancia de Putumayo’; y como en esa zona hay electores,
entonces me incluirán en ese padrón.”
Para que el personal tenga mayores facilidades, los cambios o las ratificaciones
en las unidades policiales –que normalmente se conocían en enero–
se difundirán en diciembre.
Ya que no funcionarán mesas especiales para policías y
militares, se ha previsto que por cada mesa de sufragio podrán
votar 20 uniformados como máximo, según la circunscripción
domiciliaria reportada en sus documentos.
Con el reconocimiento de su derecho de voto, policías y militares
dejarán de ser “ciudadanos de segunda categoría” y no
estarán disminuidos en sus derechos civiles. A partir de los
comicios generales de 2006 se confundirán en las urnas con la
civilidad, a fin de elegir a las autoridades del país.
Restricciones
De acuerdo con las normas vigentes, los policías y militares
están impedidos de realizar actos de proselitismo político
en los cuarteles y las sedes de los institutos castrenses. Tienen prohibido
también el reparto de volantes o propaganda a favor ni en contra
de ningún candidato u organización política.
No pueden intervenir en partidos políticos ni ser aspirantes
a cargos de elección popular, salvo que se encuentren en situación
de retiro. Tampoco pueden ser personeros ni participar vistiendo uniforme
en manifestaciones y otros actos de carácter político.
Estas restricciones despejan dudas respecto al supuesto peligro de que
los cuarteles y las comisarías se politicen, como han advertido
quienes se oponen a la participación de militares y policías
en el proceso electoral.
Entrega del DNI
En los DNI de los policías está registrado el número
de sus mesas de votación. A partir del 9 de diciembre, ellos
ingresarán en el padrón electoral –listado oficial de
los peruanos aptos para votar–, para después designarles los
puntos de sufragio, de acuerdo con el domicilio que figura en su DNI.
Ninguno de ellos podrá ser miembro de mesa.
El reparto del DNI a los miembros de la PNP se llevó a cabo de
manera sincronizada y según los lugares de origen (norte, centro
y sur) antes que en las Fuerzas Armadas, detalló el general Ayulo.
La entrega del DNI para todos ha sido gratuita y este beneficio continúa,
excepto para el trámite de cambio domiciliario.
El personal policial tiene mucha expectativa por participar en las elecciones
generales –comentó el oficial de la PNP–, porque de este modo
pasan a ocupar su espacio como parte de la colectividad.
134,186 miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional poseen
ya Documento Nacional de Identidad:
Marina de Guerra 20,296
Fuerza Aérea 8,986
Ejército Peruano 21,372
Policía Nacional 83,532
En el Perú hay 90 mil policías y 92 mil militares en actividad.
Mesas especiales
La instalación de mesas de sufragio itinerantes propuso el titular
de Defensa, Marciano Rengifo, con el fin de que los militares y policías
destacados en provincias puedan sufragar sin problemas en los comicios
generales del año próximo.
Con tal objetivo, el funcionario formuló un pedido a la jefa
de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Magdalena Chú,
para establecer dichos puntos de votación.
El ministro dio a conocer que la titular de ese organismo adelantó
la posibilidad de acoger su planteamiento. Durante 2006, el sector Defensa
exceptuará del sufragio a 45 mil efectivos militares, los cuales
resguardarán el proceso electoral.
Datos
• En marzo de este año, en sólo tres minutos y con 87
votos a favor, el pleno del Congreso ratificó la reforma constitucional
que permite que los miembros de las Fuerzas Armadas
y Policía Nacional ejerzan el derecho de voto igual que los civiles.
• En el ámbito de América Latina, el voto militar está
reconocido en Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Uruguay,
Paraguay, Venezuela y el Perú. En Ecuador, no.
• La Constitución de 1823 permitía
el sufragio de los militares, a quienes reconocía incluso como
“ciudadanos con uniforme”. No obstante, la Carta Magna de 1856 les restringió
este derecho e hizo
lo mismo con los sacerdotes.
• La Constitución de 1933 devolvió el voto a los curas,
pero no a los militares, con el argumento de que las Fuerzas Armadas
no podían ser deliberantes
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