18/05/2000.- D.S. No 003-2000-IN.- Actualiza y modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. (19/05/2000)

 

DECRETO SUPREMO No 003-2000-IN

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, los Artículos 20o, 21o y 22o del Decreto Legislativo Nº 757 [T.185,Pág.352] - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, establecen que las entidades públicas de los Gobiernos Central, Regionales y Locales, están obligadas a aprobar normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar los procedimientos y trámites administrativos que se siguen ante ellas, para lo cual deberán aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA);

Que el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM [T.200,§005], dispone que los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) se encuentran sujetos a actualización anual, habiéndose establecido las disposiciones reglamentarias para dicho efecto;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-99-IN [T.278,§009], se actualizó y modificó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) - 1999 del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22o del Decreto Legislativo Nº 757 [T.185,Pág.352] - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, Artículos 3o y 37o del Decreto Legislativo Nº 560 [T.164,Pág.281] - Ley del Poder Ejecutivo; y, Decreto Supremo Nº 094-92-PCM [T.200,§005];

 

DECRETA:

Artículo 1o.- Actualizar y modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en lo relativo a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú.

Artículo 2o.- Los procedimientos administrativos que se siguen ante los órganos y dependencias de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú se rigen por lo prescrito en el Título IV del Decreto Legislativo Nº 757 [T.185,Pág.352] - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y su Reglamento, por el presente Decreto Supremo y, supletoriamente, por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos.

Artículo 3o.- El Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, que se aprueba por el presente Decreto Supremo, entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4o.- Deróguese, modifíquese o sustitúyase toda norma legal o administrativa que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 5o.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, Presidente Constitucional de la República. CESAR SAUCEDO SANCHEZ, Ministro del Interior.

 

MINISTERIO DEL INTERIOR

OFICINA SECTORIAL DE PLANIFICACION

OFICINA DE RACIONALIZACION

 

ESTADO MAYOR GENERAL PNP

DIRECCION DE PLANEAMIENTO ADMINISTRATIVO Y DESARROLLO

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO Y ORGANIZACION

 

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) - 2000

 

UNIDAD ORGANICA: DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU (DGPNP)

No DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (% UIT)

CALIFICACION

AUTOMATICO

EVALUACION

POSIT.

NEGAT.

NO REG.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

1

CERTIFICADO DE DOMICILIO Y/O CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA

Ley Nº 27238, del 14 DIC. 1999, Ley Orgánica de la Policía Nacional

1. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

2. Identificación obligatoria con la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería.

0,10%

1 día

Sección de Copias Certificadas de la Comisaria

Comisario de la Jurisdicción

 

2

COPIA CERTIFICADA DE DENUNCIA POLICIAL

Ley Nº 27238, del 14 DIC. 1999, Ley Orgánica de la Policía Nacional

1. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

2. Identificación obligatoria con la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería o Pasaporte.

0,10%

2 días

Sección de Copias Certificadas de la Comisaria

Comisario de la Jurisdicción

 

3

CERTIFICADO DE MUDANZA DOMICILIARIA O COMERCIAL

Ley Nº 27238, del 14 DIC. 1999, Ley Orgánica de la Policía Nacional

1. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

2. Solicitud dirigida al Comisario de la jurisdicción precisando el domicilio donde se traslada, indicando:

- Nombre del chofer.

- Número de la licencia de conducir del chofer y adjuntando:

- Declaración Jurada de los bienes a trasladar.

0,10%

1 día

Sección de Copias Certificadas de la Comisaria

Comisario de la Jurisdicción

 

4

EXAMEN DE DOSAJE ETILICO

D. Ley Nº 420 del 03 MAY 1987 Art. 168o literal e, Código de Tránsito y Seguridad Vial

Directiva No DPNP/03-40-97 aprobado por RD No 2805-97-DG-PNP/CSC-22-SET 1997.

1. Oficio de solicitud de dosaje etílico de la autoridad competente.

2. Identificación obligatoria con la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería o Pasaporte.

3. Recibo cancelado por derecho de examen médico (Caja de la Unidad de Reconocimiento Médico PNP o Bco. de la Nación).

* NOTA: Están exonerados de pago

a. Los choferes de los vehículos en acto de servicio de las FFAA, PNP y del Sector Público Nacional previa presentación de la Tarjeta de Propiedad u otro documento similar.

b. Peatones y ocupantes partícipes de accidentes de tránsito.

c. Choferes internados en centros asistenciales.

d. Usuarios indigentes a solicitud fundamentada del Comisario PNP.

0,97%

2 días

División o Unidades de Reconocimiento Médico PNP

Jefe de la División de Reconocimiento Médico HCPNP o quien haga sus veces en las Unidades de la Sanidad PNP

 

5

EXAMEN TOXICOLOGICO CUALITATIVO PARA COCAINA O MARIHUANA

D. Leg. Nº 420 del 03 MAY 1987 Art. 168o. literal e Código de Tránsito y Seguridad Vial

1. Oficio dirigido al Jefe de la Div. de Reconocimiento Médico HC.PNP solicitando el examen toxicológico cualitativo (cocaína o marihuana).

2. Recibo cancelado por derecho de examen médico (Caja de la División de Reconocimiento Médico del HC.PNP o Banco de la Nación).

3. Identificación obligatoria con la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería o Pasaporte (original y copia simple).

1,29%

3 días

División de Reconocimiento Médico del Hospital Central PNP - LIMA

Jefe de la División de Reconocimiento Médico HCPNP

 

6

EXPEDICION DE CERTIFICADO DE ANTECEDENTES POLICIALES

Ley Nº 27238, del 14 DIC 1999, Ley Orgánica de la Policía Nacional

A. PARA USO EN EL PAIS

1. Recibo de Pago efectuado al Banco de la Nación.

2. Identificación obligatoria con la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería o partida de nacimiento (menores de 17 años).

3. Una (01) fotografía tamaño pasaporte en fondo blanco.

B. VIAJE AL EXTERIOR

1. Recibo de Pago efectuado al Banco de la Nación.

2. Odontograma otorgado por la PNP.

3. Identificación obligatoria con la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería o partida de nacimiento (menores de 17 años).

4. Una (01) fotografía tamaño pasaporte en fondo blanco.

C. PARA USO EN EL EXTRANJERO

1. Recibo de Pago efectuado al Banco de la Nación.

2. Recibo de Pago efectuado al Banco de la Nación (residente en el extranjero).

3. Identificación obligatoria con la Libreta Electoral o DNI.

4. Dos (02) fotografías tamaño pasaporte en fondo blanco.

0,10%

0,10%

0,10%

0,77%

1

día

Lima/

Callao

5

días

Provincias

3

días

Lima

5

días

Provincias

8

días

Lima/Callao:

Dependencia Policial de la Jurisdicción

Provincias:

Dependencia Policial de la Jurisdicción

Lima:

Sección CERAP

Uso en el Extranjero de la División Central de Identificación Policial PNP (Av. Aramburú Nº 550-Surquillo)

Provincias:

Dependencia Policial PMP de la Jurisdicción Provincial

Sección CERAP

Uso en el Extranjero de la División Central de Identificación Policial PNP (Av. Aramburú No 550-Surquillo)

Lima/Callao:

Jefe del Departamento de Expedición de Certificados de Antecedentes Policiales

Provincias:

Jefe del Departamento de Expedición de Certificado de Antecedentes Policiales.

Lima:

Jefe de la División Central de Identificación Policial de Lima

Provincias:

Jefe de la División Central de Identificación Policial

Jefe de la División Central de Identificación Policial

 

7

FICHA DE CANJE INTERNACIONAL

D. Leg. Nº 703 del 14 NOV. 1991

D.L. Nº 14518 del 14 JUL. 1963

Ley Nº 25056 del 08 JUN 1989

1. Oficio de la Dirección General de Migraciones y Naturalización.

2. Recibo de pago cancelado en el Banco de la Nación (por los servicios de odontograma, impresiones, fotografía y correo postal).

3. Pasaporte original y dos (02) copias simples.

4. Carné de extranjería (en caso de calidad migratoria).

En caso de ciudadanos de:

USA: Adjuntar cheque certificado o Money Order por $ 18,00.

CANADIENSE: Adjuntar cheque certificado o Money Order por $ 26,75.

AUSTRALIANOS: Adjuntar cheque certificado o Money Order por $ 67,00.

PARA EXTRANJERO

En caso de extranjero(a) casado(a) con peruana(o) en el Perú presentará, además, copia simple de la partida de matrimonio del Registro Civil.

En caso de extranjero(a) casado(a) con peruana(o) en el extranjero presentará, además, copia de la partida de matrimonio certificada por el Consulado del Perú en el país donde se casaron.

* NOTA: Los usuarios extranjeros de otros países deben acompañar un cheque certificado (money order) por el importe del derecho de pago que solicite la Policía de su país de origen, según coordinaciones con la INTERPOL - PNP.

2,08%

30 días

Oficina de Canje Internacional de la División de Identificación Policial (Calle Mauricio Ravel Nº 160 San Borja, Lima)

Jefe de la Ofiicna Central Nacional Interpol-Lima

 

8

ODONTOGRAMA

Ley Nº 27238, del 14 DIC 1999, Ley Orgánica de la Policía Nacional

1. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

PARA EXTRANJEROS

2. Oficio de INTERPOL sólo para el caso de expedición de ficha de canje internacional.

3. Carné de Extranjería o Pasaporte.

PARA NACIONALES

2. Identificación obligatoria con la Libreta Electoral o DNI.

0,58%

1 día

1 día

Departamento Odontológico de la División Central de Identificación Policial PNP (Av. Aramburú Nº 550-Surquillo)

Provincias:

Dependencia Policial PNP de la Jurisdicción Provincial

Jefe del Departamento de Odontología de la División Central de Identificación Policial

Provincias:

Jefe de la División Central de Identificación Policial

 

9

PERITAJE TECNICO DE CONSTATACION DE DAÑOS EN VEHICULOS

D. Leg. Nº 420 del 03 MAY 1987 Art. 167o del Código de Tránsito y Seguridad Vial.

D.S. Nº 018-TC del 14 JUL 1970, Reglamento de Revisiones Técnicas en Vehículos Motorizados.

D.S. Nº 037-85-IN del 26 JUL 1985

D.S. Nº 044-89-IN del 20 DIC 1989, que modifica Art. 344o sobre servicio RTCD.

R.D. Nº 1448-93-DG-PNP

EMG, aprueba Directiva Nº 23-DG-PNP

1. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

2. Licencia de conducir.

3. Tarjeta de propiedad del vehículo.

4. Pasadas las 72 horas del accidente, copia certificada de denuncia policial.

* NOTA: El usuario debe presentar el Oficio de la Autoridad Policial o Judicial solicitando el Peritaje.

0,85%

1

día

Lima

1

día

Callao

1

día

Provincias

Lima:

Planta de Revisión Técnica (G. Dansey Nº 2100 y Comisarias Autorizadas).

Callao:

Departamento de Investigación de accidentes de tránsito

Provincias:

Comisarias Autorizadas por Seguridad Vial

Lima:

Jefe de Planta de Revisión Técnica de Constatacion de Daños

Callao:

Jefe del Departamento de Investigación de accidentes de tránsito

Provincias:

Comisario

 

10

EXPEDICION DE CERTIFICADO POLICIAL IDENTIFICACION VEHICULAR

Ley Nº 27238, del 14 DIC 1999, Ley Orgánica de la Policía Nacional

1. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

- Vehículos mayores.

- Vehículos menores.

- Autopartes (motor, monoblock, chasís, carrocería: cada uno).

2. Copia simple de la Tarjeta de Propiedad del vehículo para venta o póliza de importación original.

3. Presentar la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería del solicitante.

4. Copia simple de la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería del propietario del vehículo.

2,08%

0,77%

0,54%

3

días

Lima

7

días

Provincias

Lima:

Dirección de Investigación de Robo de Vehículos.

(Jr. Conchucos Nº 666 Barrios Altos)

Provincias:

Dependencias de Investigación de Robo de Vehículos.

Lima:

Director de Investigación de Robo de Vehículos

Provincias:

Jefe de la Dependencia de Robo de Vehículos.

 

11

EXPEDICION DE GRAVAMEN VEHICULAR POLICIAL

Ley Nº 27238, del 14 DIC 1999, Ley Orgánica de la Policía Nacional

1. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

2. Copia simple de la Tarjeta de Propiedad del vehículo.

3. Copia simple de la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería del propietario.

0,08%

X

Lima:

Ventanilla para Expedición de Gravamen Vehicular (Oficina de Telemática de la Dirección Nacional de Seguridad Vial) Av. 28 de Julio La Victoria

Lima:

Jefe de la Oficina de Telemática de la DINSEVI PNP

 

12

EXPEDICION DE ACTAS DE VERIFICACION DE USUARIOS DE INSUMOS QUIMICOS FISCALIZADOS (INICIAL - UN AÑO)

D.L. Nº 22095, Ley General de Drogas.

D.L. Nº 25623 Ley de Control y Fiscalización de IQF

D.S. Nº 008-93-ITINCI

D.S. Nº 018-93-ITINCI

D.L. Nº 824, Ley de Lucha Contra el TID.

1. Solicitud al Director de la DINANDRO PNP.

2. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

PARA PERSONA JURIDICA

3. Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

4. Copia legalizada del Registro Unico de Contribuyente.

5. Copia legalizada de la Licencia de Funcionamiento Municipal.

6. Código de Identificación asignada por la DIQPF del MITINCI.

7. Informe Técnico del producto, emitido por la empresa (productores, envasadores, reenvasadores y transformadores) suscrito por el responsable del manejo de los IQF y visado por representante legal.

8. Certificado de antecedentes Penales y Judiciales de los integrantes del Directorio.

PARA PERSONA NATURAL

3. Copia legalizada de la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería.

4. Copia legalizada del Registro Unico de Contribuyente.

5. Código de Identificación asignado por la DIQPF del MITINCI.

6. Informe Técnico del producto, emitido por el responsable del manejo de los IQF y suscrito por el solicitante (productores, envasadores, reenvasadores y transformadores).

1,43%

8

días

Lima

8

días

Provincias

Lima:

Mesa de Partes

DINANDRO

PNP, División de Insumos Químicos (Calle Los Cisnes Nº 594 San Isidro)

Provincias:

Mesa de Partes de la División Antidrogas o Departamento Antidrogas PNP o Sección Antidrogas de la jurisdicción

Lima:

Jefe de la División de Insumos Químicos DINANDRO PNP

Provincias:

Jefe de la División, Departamento o Sección Antridrogas PNP

 

13

EXPEDICION DE ACTA DE TRANSPORTISTAS (INICIAL UN AÑO)

D.L. Nº 22095, Ley General de Drogas.

D.L. Nº 25623 Ley de Control de Fiscalización de IQF

D.S. Nº 008-93-ITINCI

D.S. Nº 018-93-ITINCI

D.L. Nº 824, Ley de Lucha Contra el TID.

1. Solicitud al Director de la DINANDRO PNP.

2. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

PARA PERSONA JURIDICA

3. Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

4. Copia legalizada del Registro Unico de Contribuyente.

5. Copia legalizada de la Licencia de Funcionamiento Municipal.

6. Código de Identificación asignada por la DIQPF del MITINCI.

PARA PERSONA NATURAL

3. Copia legalizada de la Libreta Electoral o DNI o Carné de Extranjería.

4. Copia legalizada del Registro Unico de Contribuyente.

5. Código de Identificación asignado por la DIQPF del MITINCI.

1,43%

8

días

Lima

8

días

Provincias

Lima:

Mesa de Partes DINANDRO de Insumos Químicos (Calle Los Cisnes Nº 594 San Isidro)

Provincias:

Mesa de Partes de la División Antidrogas o Departamento Antidrogas o Sección Antidrogas de la jurisdicción

Lima:

Jefe de la División de Insumos Químicos DINANDRO PNP.

Provincias:

Jefe de la División, Departamento o Sección Antidrogas PNP.

 

14

EXPEDICION DE ACTA DE TRANSPORTE DE INSUMOS QUIMICOS FISCALIZADOS

D.L. Nº 22095 Ley General de Drogas D.L. Nº 25623 Ley de Control y Fiscalización de IQF.

1. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

2. Solicitud dirigida al Director de la DINANDRO PNP.

3. Documento a presentar por el transportista:

- Actas de Verificación originales del transportista y del usuario de IQF.

- Factura o Guía de Remisión de los productos.

- Guía de Remisión interna del transportista.

* NOTA: El Acta de Transporte deberá ser devuelto a la unidad que la emitió.

0,18%

2

días

Lima

2

días

Provincias

Lima:

Mesas de Partes DINANDRO de Insumos Químicos (Calle Los Cisnes Nº 594 San Isidro)

Provincias:

Mesa de Partes de la División Antidrogas o Departamento Antidrogas o Sección Antidrogas de la jurisdicción

Lima:

Director de la DINANDRO PNP.

Provincias:

Jefe de la Región PNP o Jefe de la Sub-Región PNP.

 

15

RENOVACION DE ACTAS DE VERIFICACION DE USUARIOS DE INSUMOS QUIMICOS FISCALIZADOS

D.L. Nº 22095 Ley General de Drogas

D.L. Nº 25623 Ley de Control y Fiscalización de IQF.

D.S. Nº 008-93-ITINCI

Art. 22º, del 04 JUN 1993

D.L. Nº 824, Ley de Lucha Contra el TID.

D.S. Nº 018-93-ITINCI Art. 5º, del 03 SET 1993

1. Solicitud al Director DINANDRO PNP acompañando original del Acta de verificación vencida.

2. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

PARA PERSONA JURIDICA

3. Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

4. Copia simple del Registro Unico de Contribuyente, si hubiera variación.

5. Copia legalizada de la Licencia de Funcionamiento Municipal, si hubiera variación.

6. Código de Identificación asignado por la DIQPF del MITINCI.

7. Certificado de antecedentes penales y judiciales de los integrantes del Directorio.

PARA PERSONA NATURAL

3. Copia legalizada de la Licencia de Funcionamiento Municipal, si hubiera variación.

1,43%

8

días

Lima

8

días

Provincias

Lima:

Mesas de Partes de la DINANDRO PNP, División de Insumos Químicos (Calle Los Cisnes Nº 594 San Isidro)

Provincias:

Mesa de Partes de la División Antidrogas o Departamento Antidrogas o Sección Antidrogas de la jurisdicción

Lima:

Jefe de la División de Insumos Químicos DINANDRO PNP.

Provincias:

Jefe de la División, Departamento o Sección Antidrogas PNP

 

16

RENOVACION DE ACTA DE TRANSPORTISTAS (UN AÑO)

D.L. Nº 22095 Ley General de Drogas

D.L. Nº 25623 Ley de Control y Fiscalización de IQF.

D.S. Nº 008-93-ITINCI

Art. 22º, del 04 JUN 1993

D.L. Nº 824, Ley de Lucha Contral el TID.

D.S. Nº 018-93-ITINCI

Art. 5º, del 03 SET 1993

1. Solicitud al Director DINANDRO PNP acompañando original del Acta de verificación vencida.

2. Recibo de pago efectuado al Banco de la Nación.

PARA PERSONA JURIDICA

3. Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

4. Copia simple del Registro Unico de Contribuyente, si hubiera variación.

5. Copia legalizada de la Licencia de Funcionamiento Municipal, si hubiera variación.

6. Código de Identificación asignado por la DIQPF del MITINCI.

7. Certificado de antecedentes penales y judiciales de los integrantes del Directorio.

PARA PERSONA NATURAL

3. Copia legalizada de la Licencia de Funcionamiento Municipal, si hubiera variación.

1.43%

8

días

Lima

8

días

Provincias

Lima:

Mesa de Partes de la DINANDRO PNP, División de Insumos Químicos (Calle Los Cisnes Nº 594 San Isidro)

Provincias:

Mesa de partes de la División Antidrogras o Departamento Antidrogas o Sección Antidrogas de la jurisdicción

Lima:

Jefe de la División de Insumos Químicos DINANDRO PNP

Provincias:

Jefe de la División, Departamento o Sección Antidrogas PNP

 

*********************

 

 

 

 

19/05/2000.- D. S. Nº 004-2000-IN.- Actualiza y modifica el TUPA del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil — DICSCAMEC.- (20/05/2000).

 

DECRETO SUPREMO Nº 004-2000-IN

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, los Artículos 20º, 21 y 22º del Decreto Legislativo Nº 757 [T.185,Pág.352] - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, establecen que las entidades públicas de los Gobiernos Central, Regionales y Locales, están obligadas a aprobar normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar los procedimientos y trámites administrativos que se siguen ante ellas, para lo cual deberán aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA);

Que, el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM [T.200,§005], dispone que los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos (TUPA), se encuentran sujetos a actualización Administrativos (TUPA), se encuentran sujetos a actualización anual, habiéndose establecido las disposiciones reglamentarias para dicho efecto;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-99-IN [T.278,§026] se actualizó y modificó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) — 1999 del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 [T.185,Pág.352] - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada; Artículos 3º 37º del Decreto Legislativo Nº 560 [T.164,Pág.281] — Ley del Poder Ejecutivo; y, Decreto Supremo Nº 094-92-PCM [T.200,§005];

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Actualizar y modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil.

Artículo 2º.- Los procedimientos administrativos que se siguen ante los órganos y dependencias de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil, se rigen por lo prescrito en el Título IV del Decreto Legislativo Nº 757 [T.185,Pág.352] - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y su Reglamento, por el presente Decreto Supremo y, supletoriamente, por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos.

Artículo 3º.- El Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil que se aprueba por el presente Decreto Supremo, entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4º.- Deróguese, modifíquese o sustitúyase toda norma legal o administrativa que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior.

 

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil.

 

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, Presidente Constitucional de la República. CESAR SAUCEDO SANCHEZ, Ministro del Interior.

 

MINISTERIO DEL INTERIOR

OFICINA SECTORIAL DE PLANIFICACION

OFICINA DE RACIONALIZACION

 

DICSCAMEC

OFICINA DE ADMINISTRACIÓN

UNIDAD DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO

 

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (T U P A) — 2000

 

UNIDAD ORGANICA: DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, CONTROL DE ARMAS, MUNICION Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL (DICSCAMEC).

 

Nº DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (% UIT)

C A L I F I C A C I O N

AUTOMAT.

EVALUACION

POSIT.

NEGAT.

NO REG.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

 

1

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA FABRICACION DE ARMAS Y/O MUNICION (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 17º y Reglam. D.S. Nº 007-98 del 01.OCT. 1998. Art. 17º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación. Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas por el MITINCI.

3. Opinión emitida por el MITINCI

4.             Copia autenticada de la licencia municipal

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

6.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y directores de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número de RUC de la empresa.

7.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y directores de la empresa.

 

76,93%

25 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación: Ministro del Interior

 

2

RENOVACION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA FABRICACION  DE ARMAS Y/O MUNICION (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 22º

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación. Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y directores de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número de RUC de la empresa.

 

76.93%

25 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación: Ministro del Interior

 

3

AMPLIACION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA FABRICACION DE ARMAS Y/O MUNICION (DOS AÑOS)

 

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 23º

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación. Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

3.             Opinión emitida por el MITINCI.

 

76.93%

25 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

 

4

LICENCIA PARA LA RECARGA DE MUNICION PARA USO CIVIL SIN FINES COMERCIALES (DOS AÑOS)

 

Ley Nº 25054 del 19.JUN 1989 Art. 5º y Reglamento D.S. Nº 007-98 del 01.OCT.1998 Art. 124º

1.             Solicitud simple.

2.             2. Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

3.             Aprobar la evaluación sobre el empleo del equipo de recarga.

 

1.93%

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac.: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

 

5

RENOVACION DE LICENCIA PARA LA RECARGA DE MUNICION PARA USO CIVIL SIN FINES COMERCIALES (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN 1989 Art. 15º y Reglamento D.S. Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 127º

1.             solicitud simple

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

 

1.93%

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

6

AUTORIZACION PARA LA IMPORTACION DE EQUIPOS E INSUMOS PARA RECARGA DE MUNICION (UN AÑO)

Ley Nº 25054 del 19.JUN 1989 y Reglamento D.S. Nº 007-98 del 01.OCT 1998 Art. 134º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación. Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

3.             Catálogo o boleto del producto con traducción al castellano, indicando la cantidad, características técnicas del producto e insumo país de procedencia, medio de transporte y lugar de desembarque.

2.77%

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación Ministro del Interior

7

LICENCIA PARA LA COMERCIALIZACION DE ARMAS, MUNICION Y ARTICULOS CONEXOS (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN. 1989 Art. 17º y Reglamento D.S. Nº 007-98 del 01 OCT. 1998 Art. 49º

EN LOCAL DE VENTA DIRECTA Y EN LA OFICINA DE VENTA

1.             Solicitud simple

2.             2. Recibo de pago del Banco de la Nación. Sistema de Recaudación Vía Teleproceso

-              Rubro "Armas y Munición"

3.             Personas jurídicas.

-              Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Público.

4.             Personas naturales:

-                Constancia de inscripción en el Registro Mercantil.

5.             Copia autenticada de la licencia municipal

6.                Declaración jurada simple suscrita por el representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales indicando el número de RUC de la empresa.

7.             Plano del local con detalle de los dispositivos de seguridad.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

53.85%

10 días

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del interior

8

RENOVACION DE LICENCIA PARA LA COMERCIALIZACION DE ARMAS, MUNICION Y ARTICULOS CONEXOS (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN 1989 Art. 17º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 52º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición".

3.             Personas jurídicas:

-              Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

4.             Personas naturales:

-                Constancia de inscripción en el Registro Mercantil, si hubiera variación.

5.                Declaración Jurada simple del representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

6.             Plano del local con detalle de los dispositivos de seguridad, si hubiera variación.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

27,70%

10 días

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

9

AUTORIZACION PARA LA IMPORTACION O EXPORTACION DE ARMAS, MUNICION Y ARTICULOS CONEXOS (UN AÑO)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 20º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT.1998 Art. 55º

1.             Solicitud simple indicando:

-              Cantidad a importar o exportar

-              Medio de transporte

-              Lugar autorizado de embarque o desembarque.

-              País a importar o exportar.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso

-              Rubro "Armas y Munición"

3.             Cuadro de especificaciones técnicas del producto.

4.             Catálogo del producto traducido al castellano.

5.                Certificación del proveedor (copia de factura)

2,77%

20 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

10

INTERNAMIENTO DE ARMAS, MUNICION Y ARTICULOS CONEXOS (DE ACUERDO AL INGRESO)

Ley Nº 25054 del 19.JUN. 1989 Art. 22º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 58º

PARA PERSONAS JURIDICAS:

1.             Solicitud simple de:

-                Inspección o aforo por la DICSCAMEC

-                Resolución de internamiento

-              Guías de circulación.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición", para ser canjeado  por la Guía de circulación.

3.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición" , por derecho de almacenamiento por una sola vez.

PARA PERUANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

1.             Solicitud simple, indicando las características técnicas de las armas.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición".

3.             Copia simple del pasaporte con visa de residente.

4.             Copia simple de la factura del arma o licencia vigente del arma del país de origen.

5.                Constancia de retención en la aduana de ser el caso.

1,93%

0,20% por cada arma

1,93%

5 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

11

AUTORIZACION PARA LA POSESION Y TRANSFERENCIA DE ARMAS DE COLECCIÓN (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 15º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 105º

1.             Solicitud simple, indicando las característica técnicas de las armas.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

3.                Declaración jurada simple de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral DNI o Carné de Extranjería vigente.

5.             Copia simple de la factura o documento que acredite la posesión del arma o de las armas.

6.             Plano del local con detalle de los dispositivos de seguridad.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC

2,77%

5 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

12

RENOVACION DE LA AUTORIZACION PARA LA POSESION Y TRANSFERENCIA DE ARMAS DE COLECCIÓN (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 15º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 109º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

3.                Declaración jurada simple de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente, si hubiera variación.

5.             Plano del local con detalle de los dispositivos de seguridad, si hubiera variación.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

2,77%

5 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac:

Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

13

LICENCIA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE TALLERES DE REPARACION DE ARMAS (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 15º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 119º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

3.             Copia autenticada de la licencia municipal.

4.             Copia simple del certificado o título del técnico encargado de la reparación

(Instituto Técnico Superior o de las FFAA o PNP).

5.                Declaración jurada simple del representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

6.             Plano del local con detalle de los dispositivos de seguridad.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

13,85%

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

14

RENOVACION DE LICENCIA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE TALLERES DE REPARACION DE ARMAS (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 15º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 122º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

3.                Declaración jurada simple del representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

4.             Plano del local con detalle de los dispositivos de seguridad, si hubiera variación.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC

13,85%

109 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

15

LICENCIA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GALERIAS DE TIRO (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN. 1989 Art. 15º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 135º y 149º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso:

-              Rubro "Armas y Munición"

3.             Personas jurídicas:

-              Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

4.             Personas naturales:

-              Copia simple de la Libreta Electoral DNI o Carné de Extranjería vigente.

5.                Declaración jurada simple del representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el numero del RUC de la empresa.

6.             Copia simple del plano de la galería indicando los dispositivos de seguridad.

7.             Copia simple de las normas internas del funcionamiento de la galería.

Los Clubes de Tiro y Caza presentarán además:

-              copia simple de la Resolución de inscripción en el Registro Deportivo Nacional expedida por el Instituto Peruano del Deporte.

13,85%

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

17

LICENCIA DE POSESION Y USO DE ARMAS DE FUEGO (INICIAL) (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN. 1989 Art. 13º y Reglamento DS Nº 007-98

Del 01.OCT 1998 Art. 91º y 97º

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición".

Para ser canjeado por:

-              Toma digitalizada de imagen (para usuarios de Lima/Callao).

-                Formulario impreso.

-                Autorización de venta.

-              Guía de circulación.

-              Ticket para licencia.

-                Formulario para evaluación por manejo del arma de fuego.

2.                Declaración jurada simple de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

3.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

4.             Copia simple de la factura o boleta de venta por la compra del arma.

5.             Carta de la empresa comercializadora para el retiro del arma.

6.                Certificado psicológico expedido por profesional colegiado.

7.             02 fotografías de frente tamaño carné, (para usuarios de provincia)

LICENCIA ESPECIAL (temporal)

Adjuntarán los requisitos anteriores.

EMPRESAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

Presentarán además:

-              Carta solicitando la licencia de uso del arma o armas para su personal.-

PARA PERSONALIDADES

Los usuarios de armas tipo 9mm. Pb, Lugar y similares deben además adjuntar los documentos que los acrediten como empresarios, ejecutivos, diplomáticos o funcionarios de alto nivel.

En caso de ser transferida por personal de FFAA o PNP adjuntarán:

-                Constancia de propiedad del arma expedida por su respectivo Instituto.

1,93%

0,39% por cada Licencia

3 días

10 días

Mesa de Parte de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

16

RENOVACION DE LICENCIA DE POSESION Y USO DE ARMAS DE FUEGO (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 13º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 94º

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

Para ser canjeado por:

-              Toma digitalizada de imagen (para usuarios de Lima/Callao)

-                Formulario impreso

-              Ticket para licencia

2.                Declaración jurada simple de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

3.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente, si hubiera variación.

4.                Presentación del arma para su verificación.

5.             Copia simple de la licencia vigente.

6.             En caso de pérdida de la licencia, adjuntar copia certificada de la denuncia policial.

7.                Certificado psicológicoexpedido por profesional colegiado.

8.             02 fotografías de frente tamaño carné (para usuarios de provincia)

EMPRESAS DE SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA

Presentarán además:

-              Carta solicitando renovación de la licencia de uso del arma o armas para su personal, indicando la modalidad del uso.

0,58%

0,39% por cada Licencia

3 días

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

19

TRANSFERENCIA DE LA POSESION Y USO DE ARMAS DE FUEGO (DOS AÑOS)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 26º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 110º

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

Para ser canjeado por:

-              Toma digitalizada de imagen (para usuarios de Lima/Callao).

-              Dos formularios impresos.

-                Autorización de venta.

-              Ticket para licencia.

2.             Del Transfiriente:

-                Formulario impreso.

-              Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

-              Licencia de posesión y uso de armas de fuego.

-                Constancia de propiedad del arma, expedida por su respectivo Instituto (Personal de las FFAA o PNP).

-                Presentación del arma para su verificación.

EMPRESAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA.

Presentarán además:

-              Copia del acuerdo del directorio donde se decida la venta del arma o armas.

3.             Del nuevo usuario:

-              02 fotografías de frente tamaño carné (para usuarios de provincia).

-                Formulario impreso.

-                Declaración jurada simple de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

-              Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

-              Examen de tiro.

-                Certificado psicológico expedido por un profesional colegiado.

EMPRESAS DE SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA

Presentarán además:

-              Carta solicitando la transferencia de la posesión del arma o armas para su personal.

1,08%

0,39% por cada Licencia

3 días

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

 

20

TRANSFERENCIA DE LA POSESION Y USO DE ARMAS DE FUEGO DE USUARIO CIVIL A PERSONAL DE LA FFAA Y PNP

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 26º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 110º

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición".

Para ser canjeado por:

-              Dos formularios impresos.

-                Autorización de venta.

2.             Del Transfiriente:

-                Formulario impreso.

-              Licencia de posesión y uso del arma de fuego

-              Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

-                Presentación del arma para su verificación.

3.             Del Adquiriente:

-                Formulario impreso.

-                Autorización de venta.

-              copia simple del carne de identidad de personal de FFAA y PNP.

0,62%

3 días

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

21

AUTORIZACION DE VENTA DE ARMAS Y/O MUNICION

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 19º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Art. 67º

I.             ENTRE COMERCIANTES

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición", para ser canjeado por autorización de venta.

3.             Copia simple de la factura o boleta de venta por la compra de armas y/o munición debidamente cancelada.

4.             Carta de retiro formulada por el vendedor para el caso de armas.

II  DE COMERCIANTE A PERSONAL DE FFAA Y PNP

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición", para ser canjeados por:

-                Formulario impreso.

-                Autorización de venta.

-              Guía de circulación.

2.             Copia simple del carné de identidad personal.

3.             Copia simple de la factura o boleta de venta por la compra de armas y/o munición debidamente cancelada.

4.             Carta de la empresa comercializadora para el retiro del arma.

0,39%

0,89%

3 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

22

DUPLICADO DE LICENCIA DE POSESION Y USO DE ARMAS DE FUEGO

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT.1998 Art. 91º

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición",

Para ser canjeado por:

-              Toma digitalizada de imagen (para usuarios de Lima/Callao)

-                Formulario impreso.

-              Ticket para licencia.

2.             Copia certificada de la denuncia policial por pérdida o robo de licencia

3.             02 fotografías de frente tamaño carné (para usuarios de provincia).

 

0,58%

0,39% por cada Licencia

3 días

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

 

23

AUTORIZACION DE TRASLADO DE ARMAS Y MUNICION (DE ACUERDO AL TRASLADO)

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 20º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Arts. 70º Y 75º

1.             Solicitud simple, indicando el destino de las armas y/o munición.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Armas y Munición"

para ser canjeado por guía de circulación

0,39%

2 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DISCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

 

24

AUTORIZACION PARA SACAR ARMAS DEL PAIS (DE ACUERDO A LA SALIDA)

Ley Nº 25054 del 19.JUN. 1989 Art. 24º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT,1998 Arts. 70º y 157º

1.             Solicitud simple, indicando el país de destino y el tiempo de permanencia.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

Para ser canjeado por:

-                Formulario impreso.

-              Guía de circulación.

0,50%

3 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

 

25

ASIGNACION Y GRABACION DE NUMERO DE SERIE A ARMAS RECUPERADAS CON NUMEROS ILEGIBLES

Ley Nº 25054 del 19.JUN.1989 Art. 27º y Reglamento DS Nº 007-98 del 01.OCT. 1998 Arts. 115º y 117º1. Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Armas y Munición"

Para ser canjeado por:

-                Formulario impreso.

-              Formato de asignación de número de serie.

1,16%

2 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior.

26

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA FABRICACION DE EXPLOSIVOS INSUMOS Y CONEXOS

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 21º, DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992 Art. 5º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos".

3.             Opinión emitida por el MITINCI

4.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

5.             Copia autenticada de la licencia municipal.

6.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y directores de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número de RUC de la empresa.

7.             Copia simple de la Libreta Electoral DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y directores de la empresa.

8.             Plano del local con las medidas de seguridad.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

100%

20 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

27

LICENCIA PARA IMPORTACION DE EXPLOSIVOS, INSUMOS Y CONEXOS (UN AÑO)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 81º DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento DS Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992 Art. 6º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos",

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y directores penales, judiciales y policiales, indicando el número de RUC de la empresa.

4.             Catálogo de características técnicas del producto a importar, cantidad, uso, origen, país de fabricación, observaciones, indicar medio de transporte y lugar autorizado de desembarque.

5.                Empresas mineras:

6.             Fábricas de Explosivos:

Certificado de importación o exportación otorgado por el MITINCI.

11,54%

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

28

AUTORIZACION SEMESTRAL PARA USO DE EXPLOSIVOS Y CONEXOS (AUTORIZACION GLOBAL)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 85º DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92/PCM del 28.OCT. 1992 Art. 4º

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos"

Para ser canjeados por:

-              Solicitud impresa.

-                Formulario de autorización global (semestral)

2.                Certificado de operación minera en original otorgado por el Ministerio de Energía y Minas.

3.                Constancia de la dependencia militar o policial que se va a encargar del almacenamiento de los explosivos. En caso que el polvorín sea alquilado de otra mina se adjuntará copia simple de la carta de aceptación del propietario.

Cuando la fábrica de explosivos, alquila el polvorín de una mina debe adjuntar copia del contrato.

4.                Certificación de la Jefatura Departamental o Delegación DISCAMEC indicando lo siguiente:

-              Medidas de seguridad.

-              Empresa o entidad que brinda la seguridad.

-              Saldo de explosivos si los hubiera.

5.                Declaración jurada simple zurita por el representante legal y del superintendente de mina de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

6. Copias de las licencias de los operadores de explosivos.

6.             Libro de actas para el control de uso de explosivos y conexos para ser apertura y sellado por la DICSCAMEC.

0,50%

10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

29

AUTORIZACION EVENTUAL PARA USO DE EXPLOSIVOS Y CONEXOS (CUARENTA Y CINCO DIAS)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 85º, DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992 Art. 14º

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos"

para ser canjeados por:

-              Solicitud impresa.

-                Formulario de autorización eventual.

2.                Declaración jurada simple suscrita por el representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

3.             Copias de las licencias de operadores de explosivos.

4.                Constancia de la dependencia militar, policial o contrato del polvorín particular que se va a encargar del almacenamiento de los explosivos.

5.                Certificación de la Jefatura Departamental o Delegación DICSCAMEC indicando lo siguiente:

-              Medidas de seguridad.

-              Empresa o entidad que brinda la seguridad.

-              Saldo de explosivos si los hubiera.

6.             Copia simple del contrato de obra actualizado.

7.             Informe técnico visado por el sector correspondiente, indicando la cantidad de explosivos que se van a utilizar.

8.             0,50%

9.             10 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

30

LICENCIA DE OPERADOR DE EXPLOSIVOS (DOS AÑOS)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 45º DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992 Art. 21º

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos"

Para ser canjeados por:

-              Solicitud impresa.

-              Carné de operador

2.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

3.             Dos (02) fotografías de frente tamaño carné.

4.                Certificación de formación y/o experiencia otorgado por un Ingeniero de Minas o Contratista de la obra.

5.                Declaración jurada simple de domicilio y de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

0,58%

2 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior.

31

AUTORIZACION DE TRASLADO DE EXPLOSIVOS (DE LA FECHA DE EXPEDICION SESENTA DIAS)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 90º DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos".

Para ser canjeados por:

-              Solicitud impresa.

-              Guía de tránsito

0,50%

2 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

32

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE POLVORIN (CINCO AÑOS)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 59º DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 Art. 3º y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.Oct. 1992

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación, Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos"

3.             Plano de Construcción del polvorín

4.             Croquis de ubicación del polvorín

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

5.                Declaración jurada simple del representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales judiciales y policiales.

6.             Copia simple del contrato de servicio con la empresa de seguridad privada o certificación de la Institución (FACA o PNP) que proporcionará la seguridad.

17,86%

8 días

Mesa de Partes de la DISCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior.

 

33

RENOVACION DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE POLVORIN (CINCO AÑOS)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 59º DL Nº 25707 del 31.AGO.1992, Art. 3º y Regla. D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992

1.             Solicitud simple

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos"

3.             Plano de construcción del polvorín si hubiera variación.

4.             Croquis de ubicación del polvorín, si hubiera variación.

5.                Declaración jurada simple del representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

6.             Copia simple del contrato de servicio con la empresa de seguridad privada o certificación de la institución (FFAA o PNP) que proporcionará la seguridad.

17,86%

8 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

 

34

CERTIFICACION PARA VEHICULOS DE TRANSPORTE DE EXPLOSIVOS (UN AÑO)

D.S. Nº 019-71-                INC del 26.AGO.1971 Art. 7º DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT. 1992 Art. 27º

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos".

3.             Del propietario:

-              Copia simple del RUC.

-              Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

-                Declaración jurada simple de no tener antecedentes penales judiciales y policiales.

-              Copia de la tarjeta de propiedad y fotografía del vehículo.

-              Copia autenticada de la constancia de inscripción en el registro especial de transportistas de cargas peligrosas, expedida por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Constitución.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC

4.             Del chofer:

-              Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

-                Declaración jurada simple de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

-              Copia simple de la licencia de conducir.

 

2,00%

5 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

35

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE TALLERES DE ARTICULOS PIROTECNICOS (CASTILLOS Y SIMILARES) (DOS AÑOS)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 22º DL. Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992 Art. 5º R.M: Nº 1193-99-IN del 02DIC1999 Aprueba Direct. Nº 002-99-IN/1509 DICSCAMEC

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Pirotecnia"

3.                Declaración jurada simple del titular:

-              de domicilio

-              de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

-              de saber manipular artificios pirotécnicos no detonantes.

-                Indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia autenticada de la licencia municipal.

5.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

6.             Plano del local y croquis de ubicación donde va a funcionar el taller de pirotecnia.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

7.             Dos (02) fotografías tamaño carné del pirotécnico responsable del taller.

3,85%

7 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

36

RENOVACION DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE TALLERES DE ARTICULOS PIROTECNICOS (CASTILLOS Y SIMILARES) (DOS AÑOS)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 22º, DL Nº 25707 del 31.AGO. 1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT. 1992 Art. 5º RM. Nº 1193-99-IN del 02DIC1999 Aprueba Direct. Nº 002-99IN/1509 DICSCAMEC

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Pirotecnia"

3.                Declaración jurada simple del titular:

-              de domicilio

-              de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente, si hubiera variación.

5.             Plano del local y croquis de ubicación donde va a funcionar el taller de pirotecnia, si hubiera variación.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC

6.             Dos (02) fotografías tamaño carné del pirotécnico responsable del taller.

7.             Copia autenticada de la licencia municipal.

3,85%

5 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

37

LICENCIA DE MANIPULADOR DE ARTICULOS PIROTECNICOS (CASTILLOS Y SIMILARES) (DOS AÑOS)

 

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 45º, DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 Art. 15º y Regla. D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992 RM Nº 1193-99-IN del 02DIC1999 Aprueba Direct. Nº 002-99-IN/1509 DICSCAMEC

1.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Pirotecnia"

Para ser canjeados por:

-              Solicitud impresa.

-              Carné de manipulador.

2.             Dos (02) fotografías tamaño carné.

3.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

4.                Declaración Jurada simple del solicitante:

-              de domicilio

-              de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

5.                Certificado expedido por el propietario del local o jefe del taller indicando tener experiencia en manipular artificios pirotécnicos no detonantes.

0.58%

5 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

38

LICENCIA PARA EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE ARTICULOS PIROTECNICOS (DOS AÑOS)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 80º, DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 Art. 3º y Regla. D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT. 1992 Art. 14º R.M. Nº 1193-99-IN del 02DIC1999

Aprueba Direct. Nº 002-99-IN/1509 DICSCAMEC

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Pirotecnia".

3.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente del representante legal de la empresa.

5.             Copia autenticada de la licencia municipal.

6.                Declaración jurada simple suscrita por el representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número de RUC de la empresa.

7.             Plano del local donde se almacenarían los productos pirotécnicos no detonantes.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

19,24%

5 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

39

RENOVACION DE LA LICENCIA PARA EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE ARTICULOS PIROTECNICOS (DOS AÑOS)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 80º, DL. Nº 25707 del 31.AGO.1992 Art. 3º y Regla. D.S. Nº 086-92-ICM del 28.OCT.1992 Art. 14º RM. Nº 1193-99-IN del 02DIC1999 Aprueba Direct. Nº 002-99-IN/1509 DICSCAMEC

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Pirotecnia"

3.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente del representante legal de la empresa, si hubiera variación.

5.                Declaración jurada simple suscrita por el representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales; indicando además el domicilio, el número de RUC de la empresa, si hubiera variación.

6.             Plano del local donde se almacenarán los productos pirotécnicos no detonantes, si hubiera variación.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

19.24%5 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

40

AUTORIZACION PARA LA IMPORTACION O EXPORTACION DE ARTICULOS PIROTECNICOS (UN AÑO)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971

Art. 80º, DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT. 1992

Art. 6º R.M. Nº 1193-99-IN del 02DIC 1999

Aprueba Direct. Nº 002-99-IN/1509

DICSCAMEC

1.             Solicitud simple.-

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Pirotecnia"

3.             Proforma de los artículos y cantidad de productos pirotécnicos a importar o exportar.

4.                Catálogos de los productos a importar o exportar en castellano indicando las especificaciones técnicas, medio de transporte y lugar de desembarque.

5.                Declaración jurada simple suscrita por el representante legal de la empresa de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales indicando el número de RUC de la empresa.

7,70%

3 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior

41

INTERNAMIENTO DE EXPLOSIVOS Y ARTICULOS PIROTECNICOS (DE ACUERDO AL INGRESO)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO1971 Art. 6º, D.L. Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992 Art. 8º

1.             Solicitud simple de:

-              Aforo y resolución del internamiento

-              Guías de tránsito para el traslado.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Explosivos" y/o "Pirotecnia" según sea el caso.

3.             Copia simple del acta de verificación

1,93%

3 días

Mesa de partes de la DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministro del Interior.

42

AUTORIZACION PAR LA REALIZACION DE ESPECTACULOS PIROTECNICOS (QUEMA DE CASTILLOS Y SIMILARES)(CADA VEZ QUE SE REALICE UN EVENTO)

D.S. Nº 019-71-IN del 26.AGO.1971 Art. 23º, DL Nº 25707 del 31.AGO.1992 y Reglamento D.S. Nº 086-92-PCM del 28.OCT.1992

Art. 6º R.M. Nº 1056-95-IN del 05.SET. 1995

Aprueba Direct. Nº 001-95

D.S. Nº 024-99-PCM del 22.JUN.1999-05-22

1.             Solicitud simple que se presenta con una anticipación no menor a tres (03) días anteriores al desarrollo del espectáculo por la persona natural o jurídica auspiciadora del evento.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Pirotecnia"

3.             Croquis de ubicación donde se realizará el evento.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC

4.             Hasta 1,000 espectadores, constancia de opinión favorable de la municipalidad (Oficina de Defensa Civil).

5.             De 1001 espectadores, constancia de opinión favorable de los órganos del Sistema Nacional de Defensa Civil.

6.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente del solicitante.

7.             Copia simple del carné de manipulador y del técnico que va a operar.

 

43

AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO EMPRESA DE VIGILANCIA PRIVADA

D.S. Nº 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 12º modif. D.S. Nº 006-94-IN del 23.JUL.1994,

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de recaudación Vía Teleproceso.

-              Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

 

3.                Declaración jurada simple suscrita por los

 

230.77%

Si la empresa está en

10 días

20

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac.: Director General de la DICSCAMEC.

 

No DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (% UIT)

CALIFICACION

AUTOMAT.

EVALUACION

POSIT.

NEGAT.

NO REG.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

 

(TRES AÑOS EN FUNCION A LA VIGENCIA DE LA CARTA FIANZA

Modif. D.S. No 004-98-IN del 22 JUN 1998

accionistas y representante legal de la empresa; y del responsable de la empresa en cada departamento donde opere de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante legal de la empresa.

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

6.             Fianza Bancaria a favor del Ministerio del Interior -DICSCAMEC solidaria e irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata por seis (06) UIT para el desarrollo de sus actividades con el siguiente tenor:

"En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada que han sido asumidas por la empresa".

7.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa, suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta, (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número).

8.             Copia autenticada de la licencia municipal de los locales de la empresa.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

 

Lima/Callao

115,39% Por cada departamento adicional

días

Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

44

AMPLIACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO EMPRESA DE VIGILANCIA PRIVADA

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 17o modific. D.S. No 006-94-IN del 23.JUL.1994, modific. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa; y del responsable de la empresa por cada ampliación de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante legal de la empresa, si hubiera variación.

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

6.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa, suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta. (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando, el número).

7.             Copia autenticada de la licencia municipal de los nuevos locales de la empresa.

Nota: Inscripción por la DICSCAMEC.

 

230.77% Si la empresa está en Lima/Callao

 

115,395 Por cada departamento adicional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

45

RENOVACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO EMPRESA DE VIGILANCIA PRIVADA (TRES AÑOS EN FUNCION A LA VIGENCIA DE LA CARTA FIANZA)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 19o modif. D.S. No 006-94-IN del 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1. Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa, y del responsable de la empresa en cada departamento donde opere de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante legal de la empresa, si hubiera variación.

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

6.             Fianza Bancaria a favor del Ministerio del Interior -DICSCAMEC solidaria e irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata por seis (6) UIT para el desarrollo de sus actividades con el siguiente tenor:

"En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones, contenidas en el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada que han sido asumidas por la empresa".

7.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa, suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta. (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número), si hubiera variación.

 

230.77% Si la empresa está en Lima/Callao

 

115,395 Por cada departamento adicional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

No DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (% UIT)

CALIFICACION

AUTOMAT.

EVALUACION

POSIT.

NEGAT.

NO REG.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

 

46

AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS DE PROTECCION INTERNA (TRES AÑOS EN FUNCION A LA VIGENCIA DE LA CARTA FIANZA)

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 23o modif. D.S. No 006-94-IN del 23.JUL.1994, modific. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

" Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa; y del responsable de la empresa en cada departamento donde opere de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante legal de la empresa.

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

6.             Fianza Bancaria a favor del Ministerio del Interior -DICSCAMEC solidaria e irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata por seis (6) UIT para el desarrollo de sus actividades con el siguiente tenor:

"En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada que han sido asumidas por la empresa".

7.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa, suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta, (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicios telefónico, indicando el número).

8.             Copia autenticada de la licencia municipal de los locales de la empresa.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

 

230.77% Si la empresa está en Lima/Callao

 

115,395 Por cada departamento adicional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

47

AMPLIACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS DE PROTECCION INTERNA

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 24o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

" Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa; y del responsable de la empresa por cada ampliación de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante legal de la empresa, si hubiera variación.

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

6.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta, (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número).

7.             Copia autenticada de la licencia municipal de los nuevos locales de la empresa.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

 

230.77% Si la empresa está en Lima/Callao

 

115,395 Por cada departamento adicional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

48

RENOVACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS DE PROTECCION INTERNA (TRES AÑOS EN FUNCION A LA VIGENCIA DE LA CARTA FIANZA)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 24o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

" Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa; y del responsable de la empresa en cada departamento donde opere de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando en número de RUC de la empresa.

4.             Cada simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante legal de la empresa, si hubiera variación.

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

6.             Fianza Bancaria a favor del Ministerio del Interior -DICSCAMEC solidaria e irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata por seis (6) UIT para el desarrollo de sus actividades con el siguiente tenor:

"En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada que han sido asumidas por la empresa".

7.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta, (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número), si hubiera variación.

 

230.77% Si la empresa está en Lima/Callao

 

115,395 Por cada departamento adicional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

No DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (% UIT)

CALIFICACION

AUTOMAT.

EVALUACION

POSIT.

NEGAT.

NO REG.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

 

49

AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO EMPRESA DE TRANSPORTE DE DINERO Y VALORES (TRES AÑOS EN FUNCION A LA VIGENCIA DE LA CARTA FIANZA)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 31o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

Indicar departamento(s).

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa, y del responsable de la empresa en cada departamento donde opere de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante legal de la empresa.

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

6.             Fianza Bancaria a favor del Ministerio del Interior -DICSCAMEC solidaria e irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata por seis (6) UIT para el desarrollo de sus actividades con el siguiente tenor:

* En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada que han sido asumidas por la empresa".

7.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número).

8.             Copia autenticada de la licencia municipal de los locales de la empresa.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

 

5538,47% A nivel nacional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

50

AMPLIACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO EMPRESA DE TRANSPORTE DE DINERO Y VALORES (TRES AÑOS EN FUNCION A LA VIGENCIA DE LA CARTA FIANZA)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 31o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

Indicar departamento(s).

2.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa; y del responsable de la empresa por cada ampliación de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

3.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta. (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número)

4.             Copia autenticada de la licencia municipal de los nuevos locales de la empresa.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

 

Gratuito

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

51

RENOVACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO EMPRESA DE TRANSPORTE DE DINERO Y VALORES (TRES AÑOS EN FUNCION A LA VIGENCIA DE LA CARTA FIANZA)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 34o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

Indicar departamento(s).

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa; y del responsable de la empresa por cada departamento donde opere de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representate legal de la empresa, si hubiera variación.

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

6.             Fianza Bancaria a favor del Ministerio del Interior -DICSCAMEC solidaria e irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata por seis (6) UIT para el desarrollo de sus actividades con el siguiente tenor:

"En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada que han sido asumidas por la empresa".

7.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número), si hubiera variación.

 

5538,47% A nivel nacional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

No DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (% UIT)

CALIFICACION

AUTOMAT.

EVALUACION

POSIT.

NEGAT.

NO REG.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

 

52

AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO EMPRESA DE SERVICIO INDIVIDUAL DE SEGURIDAD PERSONAL (TRES AÑOS EN FUNCION A LA VIGENCIA DE LA CARTA FIANZA)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 47o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recto de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa y del responsable de la empresa por cada departamento donde opere de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante legal de la empresa.

5.             Copia literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos.

6.             Fianza Bancaria a favor del Ministerio del Interior -DICSCAMEC solidaria e irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata por seis (6) UIT para el desarrollo de sus actividades con el siguiente tenor:

"En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada que han sido asumidas por la empresa".

7.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número).

8.             Copia autenticada de la licencia municipal de los locales de la empresa.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

 

230.77% Si la empresa está en Lima/Callao

 

115,395 Por cada departamento adicional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

53

AMPLIACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO EMPRESA DE SERVICIO INDIVIDUAL DE SEGURIDAD PERSONAL

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 47o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa; y del responsable de la empresa por cada ampliación de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante legal de la empresa, si hubiera variación.

5.             Copia literal de la ficha de inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

6.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número).

7.             Copia autenticada de la licencia municipal de los nuevos locales de la empresa.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

 

230.77% Si la empresa está en Lima/Callao

 

115,395 Por cada departamento adicional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

54

RENOVACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO EMPRESA DE SERVICIO INDIVIDUAL DE SEGURIDAD PERSONAL (TRES AÑOS EN FUNCION A LA VIGENCIA DE LA CARTA FIANZA)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 49o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple suscrita por los accionistas y representante legal de la empresa; y del responsable de la empresa por cada departamento donde opere de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número del RUC de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente de los accionistas y representante leal de la empresa, si hubiera variación.

5.             Copia Literal de la ficha donde consta la inscripción de la empresa en los Registros Públicos, si hubiera variación.

6.             Fianza Bancaria a favor del Ministerio del Interior -DICSCAMEC solidaria e irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata por seis (6) UIT para el desarrollo de sus actividades con el siguiente tenor:

*En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada que han sido asumidas por la empresa".

7.                Declaración jurada simple de ubicación del o los locales donde operará la empresa suscrita por el representante legal, indicando dirección exacta (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicando el número), si hubiera variación.

 

230.77% Si la empresa está en Lima/Callao

 

115,395 Por cada departamento adicional

 

10 días

 

20 días

 

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

 

Director General de la DICSCAMEC

 

Reconsiderac: Director General de la DICSCAMEC

 

Apelación; Ministerio del Interior

 

No DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (% UIT)

CALIFICACION

AUTOMAT.

EVALUACION

POSIT.

NEGAT.

NO REG.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

 

55

AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO SERVICIO INDIVIDUAL DE SEGURIDAD PERSONAL POR PERSONAS NATURALES (UN AÑO)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 52o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple de domicilio y de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número de RUC.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente.

 

3,85% A nivel nacional

3 días

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

56

RENOVACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO SERVICIO INDIVIDUAL DE SEGURIDAD PERSONAL POR PERSONAS NATURALES (UN AÑO)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 55o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

 

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple de domicilio y de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, indicando el número de RUC.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente, si hubiera variación.

3,85% A nivel nacional

3 días

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

57

AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO SERVICIO INDIVIDUAL DE SEGURIDAD PATRIMONIAL POR PERSONAS NATURALES (UN AÑO)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 53o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple de domicilio y de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales; indicando el número de RUC.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente, si hubiera variación.

3,85% A nivel nacional

3 días

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

58

RENOVACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO SERVICIO INDIVIDUAL DE SEGURIDAD PATRIMONIAL POR PERSONAS NATURALES (UN AÑO)

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 55o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicio de Seguridad Privada".

3.                Declaración jurada simple de domicilio y de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales; indicando el número de RUC.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente, si hubiera variación.

3,85% A nivel nacional

3 días

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

59

CANCELACION DE AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 75o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

1.             Solicitud simple.

2.             Copia del acta de directorio acordando la cancelación total de la empresa.

Gratuito

5 días

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

60

CANCELACION DE AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE AMPLIACION COMO EMPRESA DE SEGURIDAD PRIVADA

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 75o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

1.             Solicitud simple.

2.             Copia del acta de directorio acordando la cancelación total de la ampliación autorizada; indicar departamento(s).

Gratuito

5 días

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

61

AUTORIZACION DEL CAMBIO DE DOMICILIO LEGAL DE PERSONAS JURIDICAS Y PERSONAS NATURALES QUE PRESTAN SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

 

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 75o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

1.             Solicitud simple.

(una por departamento) presentada con una anticipación no menor antes de los diez días a la realización del cambio de domicilio.

2.                Declaración jurada simple suscrita por el representante legal comunicando el cambio de domicilio de la sede principal o ampliación de la empresa indicando dirección exacta (distrito, provincia y departamento) y de poseer medios de comunicación (como mínimo servicio telefónico, indicar el número).

3.             Copia autenticada de la licencia municipal de los nuevos locales de la empresa.

4.             Copia de cargo solicitando la visación del estudio y plan de seguridad del nuevo local de la sede principal o ampliación de la empresa.

Nota: Inspección por la DICSCAMEC.

 

Gratuito

5 días

30 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

No DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (% UIT)

CALIFICACION

AUTOMAT.

EVALUACION

POSIT.

NEGAT.

NO REG.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

 

62

RECONOCIMIENTO DEL CAMBIO DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 75o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

1.             Solicitud simple.

2.                Declaración jurada del nuevo representante legal de domicilio y de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales.

3.             Copia del acta de directorio donde se indica el cese y nombramiento del nuevo representante legal de la empresa.

4.             Copia simple de la Libreta Electoral, DNI o Carné de Extranjería vigente del nuevo representante.

Gratuito

5 días

15 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

63

RECONOCIMIENTO DEL CAMBIO DE RAZON SOCIAL

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 75o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

1.             Solicitud simple.

2.             Copia de acta de directorio donde se indica la modificación de la razón social y/o siglas de la empresa.

3.             Copia literal de la ficha donde conste la modificación de la razón social expedida por los Registros Públicos.

4.             Copia simple del RUC.

Gratuito

5 días

30 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director General de la DICSCAMEC

Reconsiderac. Director General de la DICSCAMEC

Apelación: Ministerio del Interior

 

64

EMISION, RENOVACION O DUPLICADO DE CARNE DE IDENTIDAD PARA EL PERSONAL DE VIGILANTES (UN AÑO)

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 79o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Otorgamiento de Carné de Identidad para el personal de Vigilancia", para ser canjeado por ficha para carné de identidad de vigilante.

EMISION DE CARNE INICIAL DE IDENTIDAD DE VIGILANTES (POR UN AÑO)

1.             Copia simple de la Libreta Electoral o DNI.

2.                Presentar al vigilante uniformado.

Nota: Tramitar carné antes de la asignación del puesto a cubrir.

RENOVACION DE CARNE DE IDENTIDAD DE VIGILANTES (POR UN AÑO) (SE TRAMITA CINCO (5) DIAS ANTES DE SU VENCIMIENTO).

1.             Copia simple de la Libreta Electoral o DNI, si hubiera variación.

2.             Original de carné vencido o copia de denuncia policial por la pérdida o robo del carné de identidad.

DUPLICADO DE CARNE DE IDENTIDAD DE VIGILANTES (SE TRAMITA CINCO (5) DIAS POSTERIORES A LA PERDIDA O ROBO DEL CARNE).

1.             Copia simple de la Libreta Electoral o DNI, si hubiera variación.

2.             Original del carné deteriorado o copia autenticada de la denuncia policial de pérdida o robo del carné de identidad.

039%

2 días

7 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director de Control de Servicios de Seguridad Privada

 

65

EXPEDICION DE COPIAS CERTIFICADAS, CONSTANCIAS, COPIAS LITERALES, A DOCUMENTOS EMITIDOS Y CERTIFICADOS DE INSPECCION

D.S. No 005-94-IN del 12.MAY.1994 Art. 55o modif. D.S. No 006-94-IN 23.JUL.1994, modif. D.S. No 004-98-IN del 22.JUN.1998

1.             Solicitud simple.

2.             Recibo de pago del Banco de la Nación, Sistema de Recaudación Vía Teleproceso.

- Rubro "Servicios de Seguridad Privada".

039% por cada documento

1 día

7 días

Mesa de Partes de la DICSCAMEC o Jefatura Departamental DICSCAMEC o Delegación DICSCAMEC

Director Ejecutivo de la DICSCAMEC