DECRETO SUPREMO
No 0009-97-IN
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que,
el Art. 168o de la Constitución Política del Perú [T.211,§213], prescribe que, las Leyes y los Reglamentos
respectivos determinan la organización, funciones, especialidades, preparación
y empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional;
Que,
mediante D.S. No 0026-89-IN de 1.SET.89, se aprobó el Reglamento de Régimen
Disciplinario de la Policía Nacional;
Que,
es necesario actualizar el Reglamento de Régimen Disciplinario de la Policía
Nacional del Perú acorde a la normatividad vigente, a efecto de regular el
comportamiento del personal de la Policía Nacional del Perú en forma integral,
mediante una justa y oportuna administración de incentivos y sanciones en
procura de un óptimo servicio policial a la comunidad;
Lo
propuesto por el Director General de la Policía Nacional del Perú;
Lo
dictaminado por el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del
Ministerio del Interior;
SE
RESUELVE:
Artículo 1o.- Aprobar
el Reglamento de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, que
consta de 8 títulos, 9 capítulos, 133 artículos y 8 anexos.(*)
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(*)
El Diario Oficial no publicó dicho Reglamento.
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Artículo 2o.- El
citado Reglamento entrar en vigencia a partir de la publicación del
presente Decreto Supremo.
Artículo 3o.- Deróguese
las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo.
Dado
en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil
novecientos noventa y siete.
ALBERTO
FUJIMORI FUJIMORI, Presidente Constitucional de la República. JOSE VILLANUEVA
RUESTA, Ministro del Interior.