30/12/97.- D.S. No 0009-97-IN.- Aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. (13/02/98)

 

DECRETO SUPREMO No 0009-97-IN

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 168o  de la Constitución Política del Perú [T.211,§213], prescribe que, las Leyes y los Reglamentos respectivos determinan la organización, funciones, especialidades, preparación y empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional;

Que, mediante D.S. No 0026-89-IN de 1.SET.89, se aprobó el Reglamento de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional;

Que, es necesario actualizar el Reglamento de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú acorde a la normatividad vigente, a efecto de regular el comportamiento del personal de la Policía Nacional del Perú en forma integral, mediante una justa y oportuna administración de incentivos y sanciones en procura de un óptimo servicio policial a la comunidad;

Lo propuesto por el Director General de la Policía Nacional del Perú;

Lo dictaminado por el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

SE RESUELVE:

Artículo 1o.- Aprobar el Reglamento de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, que consta de 8 títulos, 9 capítulos, 133 artículos y 8 anexos.(*)

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(*) El Diario Oficial no publicó dicho Reglamento.

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Artículo 2o.- El citado Reglamento entrar  en vigencia a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.

Artículo 3o.- Deróguese las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, Presidente Constitucional de la República. JOSE VILLANUEVA RUESTA, Ministro del Interior.