POR
CUANTO:
El
Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;
Con
el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha
dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1o.- Autorízase
al Ministerio de Economía y Finanzas a adquirir unidades móviles motorizadas
para la Policía Nacional del Perú a fin de que sean destinadas a la lucha
contra la subversión y el narcotráfico. La adquisición que se autoriza se
sujetará al Sistema de Licitaciones y Concursos denominado ``Evaluación
Internacional de Procesos'', aprobado por el Decreto Ley No. 25565 y
reglamentado por el Decreto Supremo No. 133-92-EF.
Artículo 2o.- Autorízase
una operación de Transferencia de Partidas en el Presupuesto de Gobierno
Central, correspondiente al ejercicio fiscal 1992, hasta por la suma de dieciséis
millones novecientos mil y 00/100 nuevos soles (S/. 16'900,000.00), conforme al
siguiente detalle:
VOLUMEN
01
: Gobierno Central
TITULO
11
: Egresos
SECTOR
09
: Economía y Finanzas
PLIEGO
09
: Ministerio de Economía y Finanzas
F.
de F. : Tesoro Público
DEL:
PROGRAMA
02
: Hacienda
SUBPROGRAMA
006: Presupuesto Público
ASIGNACION
(En S/.)
04.00
Transferencias Corrientes
16'900,000
04.20
Otras
16'900,000
AL:
SECTOR
09
: Ministerio de Economía y Finanzas
PLIEGO
09
: Ministerio de Economía y Finanzas
PROGRAMA
01
: Administración Central
SUBPROGRAMA
001: Dirección y Administración General
GASTO/ASIGNACION
(En S/.)
14.00
Bienes de capital no
ligados a proyectos
16'900,000
Artículo 3o.- La
transferencia aprobada por el artículo precedente se destinará conforme a lo
previsto en los artículos 1o. y 6o. del presente Decreto Ley, a la adquisición
de los siguientes bienes:
Descripción
S/.
a)
Vehículos patrulleros hasta por un monto de
13'000,000
b)
Motocicletas hasta por un monto de
3'900,000
TOTAL EQUIVALENTE A
16'900,000
Artículo 4o.- Autorízase
al Ministerio de Economía y Finanzas a celebrar con el Programa de Naciones
Unidas para el Desarrollo --PNUD el correspondiente convenio de asistencia técnica
con la finalidad que este organismo internacional pueda ejercer las funciones
previstas en el artículo 3o. del Decreto Ley No. 25565.
El
convenio a que se refiere este artículo será aprobado por resolución suprema.
Artículo 5o.- El
Ministerio de Economía y Finanzas, actuará como entidad nacional coordinadora
y contraparte del Convenio de Asistencia Técnica a que se refiere el artículo
precedente.
Artículo 6o.- Las
sumas autorizadas en los artículo 2o. y 3o. del presente Decreto Ley, incluyen
los costos del servicio de organización, ejecución y supervisión de la
Licitación Pública o concurso de méritos internacional así como el
equipamiento que requieran las unidades móviles motorizadas a adquirir, para
cuyo efecto el Ministerio de Economía y Finanzas efectuará las transferencias
necesarias con cargo a los montos autorizados en los citados artículos.
Artículo 7o.- El
Ministerio de Economía y Finanzas, transferirá a la Policía Nacional del Perú
los vehículos adquiridos en aplicación del presente Decreto Ley, una vez
terminado el proceso de adquisición, que será aprobado por el Consejo de
Ministros mediante decreto supremo.
Artículo 8o.- Mediante
resolución del Titular del Pliego y en un plazo no mayor de cinco (05) días de
autorizado el presente Decreto Ley, se aprobará su desagregación a nivel de
Asignación Específica, de conformidad con la Directiva No. 001-92-EF/76.01, de
aprobación del Presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 1992. Dicha
Resolución será transcrita a los organismos que señala el artículo 156o. de
la Ley No. 25303 prorrogado por el artículo 269o. de la Ley No. 25388.
Artículo 9o.- Mediante
resolución suprema del Sector Economía y Finanzas se aprobarán las normas
reglamentarias de aplicación del presente Decreto Ley.
Artículo 10o.- El
presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación
en el diario oficial ``El Peruano''.
POR
TANTO:
Mando
se publique y cumpla.
ALBERTO
FUJIMORI FUJIMORI
JAIME
YOSHIYAMA TANAKA,
Ministro
de Energía y Minas. Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de
Ministros.
CARLOS
BOLOÑA BEHR,
Ministro
de Economía y Finanzas.
JUAN
BRIONES DAVILA,
Ministro
del Interior.