CONSIDERANDO:
Que
mediante Ley No. 24949 del 06-12-88, se crea la Policía Nacional del Perú, la
misma que de conformidad a su artículo 2o. asume la organización y funciones
de las Fuerzas Policiales: Guardia Civil, Policía de Investigaciones y
Guardia Republicana, con sus derechos y obligaciones;
Que
mediante Decreto Supremo No. 0006-89-IN de 31-03-89, se ha aprobado la
Estructura Orgánica de la Policía Nacional; modificado por Decreto Supremo No.
007-89-IN de 06-04-89;
Que
es necesario modificar los Decretos Supremos Nos. 008 y 009 de 24-07-85, que
regulan los Fondos de Seguro de Retiro del Personal Superior y Subalterno,
respectivamente, adecuándolo a la nueva Estructura Orgánica de la Policía
Nacional;
Estando
a lo acordado por los Ministerios de Defensa y del Interior;
DECRETA:
Artículo 1o.- Sustitúyase
en todo el artículado de los Decretos Supremos Nos. 008 y 009 de 24-07-85, el término
"Fuerzas Policiales" por "Policía Nacional".
Artículo 2o.-
Modifícase el artículo 21o. de los Decretos Supremos a que se refiere el artículo
anterior en los términos siguientes:
"Artículo 21o.- La
Administración y Fiscalización del Fondo de Seguro estará a cargo de cada
Dirección General de Economía o de Administración de las Fuerzas Armadas, según
el caso, y en el Ministerio del Interior, de la Dirección General de la Policía
Nacional del Perú".
Artículo 3o.- El
presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Defensa, del
Interior y de Economía y Finanzas.
ALAN
GARCIA PEREZ
JULIO
VELASQUEZ GIACCARINI
AGUSTIN
MANTILLA CAMPOS
CESAR
VASQUEZ BAZAN.