Declaran
en situación de urgencia la adquisición de bienes y servicios y bienes de
capital para el cumplimiento de operaciones policiales en el departamento de
Puno y otros
RESOLUCION
MINISTERIAL Nº 0963-2004-IN-PNP
Lima, 25 de mayo de 2004
Visto, el Informe Técnico Nº 252-2004-DIREJADM-DIRLOG-PNP-EM-UPL de
19.MAY.2004 de la Dirección de Logística PNP; y el Dictamen Legal Nº
2325-2004-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/UAJ de 20.MAY.2004 de la Asesoría Jurídica de
la Dirección de Economía y Finanzas de la Dirección Ejecutiva de Administración
de la Policía Nacional del Perú, que sustentan la situación de urgencia para
la adquisición de bienes y servicios y bienes de capital para el cumplimiento
de las Operaciones Policiales en el departamento de Puno;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo normado en el Art. 166 de la Constitución Política
del Perú, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27238 - “Ley de la
Policía Nacional del Perú”, se establece que la PNP tiene como finalidad
fundamental entre otros, garantizar, mantener y restablecer el Orden Interno;
Que, el Gobierno Central a través de la Presidencia del Consejo de
Ministros en reunión de coordinación con funcionarios del Ministerio del
Interior y de la Policía Nacional, analizó la problemática del departamento
de Puno (Ilave), autorizando a la Policía Nacional gestione los Recursos Económicos
ante el Órgano competente, para atender el requerimiento policial del indicado
departamento, hasta por un monto de S/. 999,930.00;
Que, en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) AF-2004 de la PNP,
no se consideran gastos adicionales para atender casos de urgencia social que
pongan en peligro el Orden Interno; como es el caso, del motivado por la situación
de convulsión sociopolítico que actualmente vive el departamento de Puno, que
originará gastos de carácter racional enmarcado en la Ley Nº 27245 “Ley de
Prudencia y Transparencia Fiscal”, por un monto de S/. 580,090.00 solicitado
por la XI DIRTEPOL Arequipa, Región Policial Puno;
Que, existiendo Recursos en el Presupuesto asignado a la U.E: 002
DIRECFIN PNP, para los meses siguientes; y mientras se autorice el Crédito
suplementario en gestión que permita cubrir dicho requerimiento, éste debe ser
financiado con la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios;
Que, conforme a las normas del TUO de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, de 12.FEB.2001 y
su Reglamento, establecen plazos mínimos de días útiles para ejecutar los
procesos de Licitación, Concurso Público, y Adjudicación Directa, por lo que
a la fecha no es factible cumplir con estos plazos que establece la Ley;
Que, teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente y con la finalidad de
restablecer el Orden Interno en la convulsionada localidad de Puno (llave),
resulta necesario se gestione la expedición de una Resolución Ministerial que
declare la urgencia de adquirir los Bienes y Servicios y Bienes de Capital
necesarios para el cumplimiento de las Operaciones Policiales en el indicado
lugar, por un monto de QUINIENTOS OCHENTA MIL NOVENTA Y 00/100 Nuevos Soles (S/.
580,090.00);
Estando a lo informado por la Dirección de Logística de la Dirección
Ejecutiva de Administración, a lo Dictaminado por la Unidad de Asesoría Jurídica
de la DIRECFIN PNP, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica
del Ministerio del Interior;
De conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Orgánica del
Ministerio del Interior, en los Artículos 19 Inc. c) y 21 del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por
Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM del 12.FEB.2001, y en el Art. 108 de su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM del 12.SET.2001;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar en Situación de Urgencia la adquisición de
Bienes y Servicios y Bienes de Capital necesarios para el cumplimiento de
Operaciones Policiales en el departamento de Puno y otros, por el valor
referencial de QUINIENTOS OCHENTA MIL NOVENTA Y 00/100 Nuevos Soles (S/.
580,090.00), conformado por:
5.3.11.22 Vestuario
S/.
245,500.00
5.3.11.23 Combustibles y Lubricantes
192,000.00
5.3.11.24 Alimentos para personas
81,000.00
5.3.11.30 Bienes de Consumo
61,590.00
Artículo 2.- El egreso que genere la adquisición de Bienes y Servicios
y Bienes de Capital será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos
Ordinarios, por un plazo de 30 días.
Artículo 3.- Exonerar de los Procesos de Selección de Adjudicación
Directa Pública y Adjudicación Directa Selectiva, la adquisición de Bienes y
Servicios y Bienes de Capital materia de la presente resolución.
Artículo 4.- Autorizar al Director de Economía y Finanzas de la Dirección
Ejecutiva de Administración de la Policía Nacional del Perú, a efectuar las
acciones necesarias para la contratación de los Bienes y Servicios y Bienes de
Capital a que se hace referencia en el artículo primero de la presente Resolución,
mediante la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía.
Artículo 5.- Disponer que en el plazo de DIEZ (10) días calendario
siguientes a la publicación de la presente Resolución, la Dirección General
de la Policía Nacional del Perú por intermedio de la Dirección Ejecutiva de
Administración, remita a la Contraloría General de la República copias
certificadas de la presente Resolución y de los Informes Técnicos y Legales
sustentatorios, bajo responsabilidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ
Ministro del Interior