Declaran en situación de urgencia la adquisición de bienes y servicios y bienes de capital para el cumplimiento de operaciones policiales en el departamento de Puno y otros

 

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0963-2004-IN-PNP

 

            Lima, 25 de mayo de 2004

 

            Visto, el Informe Técnico Nº 252-2004-DIREJADM-DIRLOG-PNP-EM-UPL de 19.MAY.2004 de la Dirección de Logística PNP; y el Dictamen Legal Nº 2325-2004-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/UAJ de 20.MAY.2004 de la Asesoría Jurídica de la Dirección de Economía y Finanzas de la Dirección Ejecutiva de Administración de la Policía Nacional del Perú, que sustentan la situación de urgencia para la adquisición de bienes y servicios y bienes de capital para el cumplimiento de las Operaciones Policiales en el departamento de Puno;

 

            CONSIDERANDO:

 

            Que, de conformidad con lo normado en el Art. 166 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27238 - “Ley de la Policía Nacional del Perú”, se establece que la PNP tiene como finalidad fundamental entre otros, garantizar, mantener y restablecer el Orden Interno;

 

            Que, el Gobierno Central a través de la Presidencia del Consejo de Ministros en reunión de coordinación con funcionarios del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional, analizó la problemática del departamento de Puno (Ilave), autorizando a la Policía Nacional gestione los Recursos Económicos ante el Órgano competente, para atender el requerimiento policial del indicado departamento, hasta por un monto de S/. 999,930.00;

 

            Que, en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) AF-2004 de la PNP, no se consideran gastos adicionales para atender casos de urgencia social que pongan en peligro el Orden Interno; como es el caso, del motivado por la situación de convulsión sociopolítico que actualmente vive el departamento de Puno, que originará gastos de carácter racional enmarcado en la Ley Nº 27245 “Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal”, por un monto de S/. 580,090.00 solicitado por la XI DIRTEPOL Arequipa, Región Policial Puno;

 

            Que, existiendo Recursos en el Presupuesto asignado a la U.E: 002 DIRECFIN PNP, para los meses siguientes; y mientras se autorice el Crédito suplementario en gestión que permita cubrir dicho requerimiento, éste debe ser financiado con la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios;

 

            Que, conforme a las normas del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, de 12.FEB.2001 y su Reglamento, establecen plazos mínimos de días útiles para ejecutar los procesos de Licitación, Concurso Público, y Adjudicación Directa, por lo que a la fecha no es factible cumplir con estos plazos que establece la Ley;

 

            Que, teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente y con la finalidad de restablecer el Orden Interno en la convulsionada localidad de Puno (llave), resulta necesario se gestione la expedición de una Resolución Ministerial que declare la urgencia de adquirir los Bienes y Servicios y Bienes de Capital necesarios para el cumplimiento de las Operaciones Policiales en el indicado lugar, por un monto de QUINIENTOS OCHENTA MIL NOVENTA Y 00/100 Nuevos Soles (S/. 580,090.00);

 

            Estando a lo informado por la Dirección de Logística de la Dirección Ejecutiva de Administración, a lo Dictaminado por la Unidad de Asesoría Jurídica de la DIRECFIN PNP, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

 

            De conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Orgánica del Ministerio del Interior, en los Artículos 19 Inc. c) y 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM del 12.FEB.2001, y en el Art. 108 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM del 12.SET.2001;

 

            SE RESUELVE:

 

            Artículo 1.- Declarar en Situación de Urgencia la adquisición de Bienes y Servicios y Bienes de Capital necesarios para el cumplimiento de Operaciones Policiales en el departamento de Puno y otros, por el valor referencial de QUINIENTOS OCHENTA MIL NOVENTA Y 00/100 Nuevos Soles (S/. 580,090.00), conformado por:

 

            5.3.11.22 Vestuario                                       S/.            245,500.00

            5.3.11.23 Combustibles y Lubricantes                          192,000.00

            5.3.11.24 Alimentos para personas                                      81,000.00

            5.3.11.30 Bienes de Consumo                                              61,590.00

 

            Artículo 2.- El egreso que genere la adquisición de Bienes y Servicios y Bienes de Capital será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por un plazo de 30 días.

 

            Artículo 3.- Exonerar de los Procesos de Selección de Adjudicación Directa Pública y Adjudicación Directa Selectiva, la adquisición de Bienes y Servicios y Bienes de Capital materia de la presente resolución.

 

            Artículo 4.- Autorizar al Director de Economía y Finanzas de la Dirección Ejecutiva de Administración de la Policía Nacional del Perú, a efectuar las acciones necesarias para la contratación de los Bienes y Servicios y Bienes de Capital a que se hace referencia en el artículo primero de la presente Resolución, mediante la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía.

 

            Artículo 5.- Disponer que en el plazo de DIEZ (10) días calendario siguientes a la publicación de la presente Resolución, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú por intermedio de la Dirección Ejecutiva de Administración, remita a la Contraloría General de la República copias certificadas de la presente Resolución y de los Informes Técnicos y Legales sustentatorios, bajo responsabilidad.

 

            Regístrese, comuníquese y publíquese.

 

            JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ

            Ministro del Interior